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Foto del escritorLa Pampa

Rio Atuel: La Pampa reclamará ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos

El pasado viernes, el gobernador Sergio Ziliotto instruyó a la Fiscalía de Estado para que, junto a los integrantes de la C.I.A.I. y los pobladores del territorio afectado, elaboren la interposición de un reclamo ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos por el uso total y exclusivo del agua del río Atuel que realiza la provincia de Mendoza.


El pasado viernes, el mandatario pampeano encabezó un encuentro del que formaron parte la Fiscal de Estado, Romina Schmidt; el secretario de Recursos Hídricos, Néstor Lastiri; la Asesora Letrada de Gobierno, Griselda Ostertag y el secretario General de la Gobernación, José Vanini. Además, estuvieron presentes Roberto Rodríguez y Juanita de Ugalde de la Asamblea Permanente por los Ríos Pampeanos; Alberto Golberg y Martin Berhongaray por la Fundación Chadileuvú; Jorge Scarone, en representación de la Universidad Nacional de La Pampa y el diputado Espartaco Marín en su condición de miembro de la Comisión de Ríos Interprovinciales de la Cámara de Diputados.


En la reunión se dieron los primeros pasos en la estrategia para que la provincia de La Pampa se presente ante este organismo internacional, con el antecedente firme del Fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que ordenó a Mendoza la implementación de “un caudal mínimo permanente de 3,2 m3/s en el límite interprovincial entre La Pampa y Mendoza, a fin de comenzar con el cese del daño ambiental y monitorear si cumple con los requerimientos para la recomposición del noroeste pampeano”.


Con esta nueva vía se materializarán los derechos consagrados en la Constitución Nacional, reconocidos y plasmados jurisprudencialmente, como así también aquellos protegidos a través de tratados internacionales, apelando a una visión trascendental que pueda poner fin a aplazamientos innecesarios.


La transversalidad del derecho humano al agua y a partir de allí su significancia en materia ambiental, amerita una resolución integral que contemple y satisfaga a la totalidad de los actores involucrados, habida cuenta que la temática que se pone en análisis excede un mero conflicto entre estados provinciales condóminos.


La premisa es la preservación del ambiente como un usuario en sí mismo, entendiendo que es el punto de partida para salvaguardar el derecho humano al agua y a una vida digna.


Antecedentes del incumplimiento judicial

A la fecha, el Gobierno de la provincia de Mendoza ha incumplido el fallo del máximo órgano judicial argentino en lo que al caudal hídrico ambiental requerido se refiere. Además, no se aviene a concretar el pedido de la Corte de “fortalecer el comité de cuenca, avanzando en la conformación de la Comisión Interjurisdiccional del Río Atuel (C.I.R.A.), para reemplazar a la actual C.I.A.I., dando así respuesta a los pedidos de la provincia de La Pampa en cuanto a la necesidad de otorgar al órgano de cuenca mayores facultades y fortalecerlo institucionalmente”.


La postura de las autoridades mendocinas “imposibilita el diálogo y la concertación” y a esto se suma que a más de tres años de la resolución de la Corte, y habiendo agotado las instancias de consenso ordenadas, “la CSJN ha omitido un nuevo pronunciamiento que dirima de manera definitiva el conflicto suscitado entre las partes”.


En este sentido, y ante el silencio jurisdiccional el gobernador Ziliotto instruyó una nueva presentación judicial solicitando que de manera urgente se exija a la provincia de Mendoza la suelta inmediata del caudal interino mínimo permanente de 3,2 m3/s en el límite interprovincial.


Sin perjuicio de lo actuado en jurisdicción del máximo tribunal nacional, el Gobierno de La Pampa entiende oportuno analizar elevar al tema a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, para lo cual se ha fijado un plazo de 60 días para que la Fiscalía de Estado, en conjunto con la CIAI y representantes de los pobladores de la zona afectados por el corte del rio, remitan un informe detallado de esta vía de reclamo internacional.

Fuente APN
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