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Portezuelo del Viento: Senadores pampeanos también piden derogación

Los senadores nacionales Norma Durango y Daniel Lovera, presentaron un proyecto de ley en el Senado de la Nación pidiendo que se derogue la Resolución Conjunta Nº 57/2019 dictada por la Secretaría de Finanzas y la Secretaría de Hacienda de la Nación. También que se derogue el Decreto N° 519/2019 dictado por el Poder Ejecutivo; y el apartado pertinente del art. 2º del Decreto 346/2020 del Poder Ejecutivo Nacional.


En los fundamentos los senadores pampeanos expresaron que “con fecha 6 de abril de 2020, el Poder Ejecutivo Nacional emitió el Decreto N° 346/2020, por el cual se dispone el diferimiento de los pagos de los servicios de intereses y amortizaciones de capital de la deuda pública nacional instrumentada mediante títulos denominados en dólares estadounidenses emitidos bajo ley de la REPÚBLICA ARGENTINA hasta el 31 de diciembre de 2020, o hasta la fecha anterior que el MINISTERIO DE ECONOMÍA determine», considerando el grado de avance y ejecución del proceso de restauración de la sostenibilidad de la deuda pública. Asimismo, agregaron: «Dicha norma, cuyo espíritu y objetivos compartimos, se fundamenta en el deterioro de la situación económica y social, producto de la emergencia sanitaria que estamos atravesando, a la que se le adiciona la inminencia de próximos vencimientos de los servicios de la deuda pública del Gobierno Nacional emitida bajo ley de la REPÚBLICA ARGENTINA y denominada en dólares estadounidenses».


Se esgrime además, en su argumentación, que «por el artículo 1° de la Ley Nº 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública se declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social, y que dicha declaración de emergencia contempla, entre las bases de la delegación propiciada en su artículo 2°, la creación de condiciones para asegurar la sostenibilidad de la deuda pública, que deberá ser compatible con la recuperación de la economía productiva y con la mejora de los indicadores sociales básicos. La norma citada, cabe recordar, fue aprobada por mayoría de ambas cámaras».


Sin embargo, en el art. 2° inc. iii del referido Decreto N° 346/2020, se exceptúa del diferimiento dispuesto a las “Letras del Tesoro emitidas mediante la Resolución Conjunta N° 57/19 de la SECRETARÍA DE FINANZAS y la SECRETARÍA DE HACIENDA”.


Por último detallaron que «dicha excepción, a la que no se hace referencia en los fundamentos del Decreto en cuestión, resulta a todas luces infundada y antojadiza, atento a las cuestiones fácticas y jurídicas que se exponen a continuación, muchas de las cuales han sido vertidas en el Proyecto de Ley 4293-D-2019 suscripto por los Diputados pampeanos, Sr. Diputado Ariel Rauschenberger y Sra. Diputada Melina Delú, presentados oportunamente ante la Honorable Cámara de Diputados, no obstante lo cual las disposiciones contenidas en dicho proyecto son reiteradas en esta ocasión, atento que corresponde insistir respecto de la derogación de dicha normas, además de solicitar la derogación de la parte pertinente del Decreto N° 346/2020». La Arena


 

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