Mediante éste plan, la Municipalidad de Winifreda determinará las acciones y tareas a aplicar en el arbolado público. Será obligatorio tener árboles en el frente de los domicilios
Como la intendenta de esta localidad, Adriana García, anticipó a LA ARENA en el mes de mayo, la localidad ya cuenta con la reglamentación que obliga a los vecinos a la plantación de árboles, y a su reemplazo, en caso de tener especies arbustivas, en el frente de las propiedades.
Mediante un Plan Forestal Anual, la Municipalidad de Winifreda determinará las acciones y tareas a aplicar en el arbolado público. El mismo debe contemplar aspectos como forestación y reforestación, mantenimiento y preservación del arbolado existente, necesidades y procedimientos en podas, extracciones, corte de raíces o chupones, control de plagas, fertilización y riego.
Los frentistas, en caso de no poseer deberán plantar árboles, quienes posean especies arbustivas deberán reemplazarlas por árboles. Asimismo, queda prohibida la colocación de especies en forma arbustiva en reemplazo de otras plantas, fundamentalmente porque su desarrollo dificulta la visibilidad, no respeta el lineamiento y no cumple la misma función ambiental.
Ante la falta de cumplimiento de lo establecido, previa notificación, la Municipalidad realizará la plantación o el reemplazo, con cargo a los propietarios del inmueble, pudiendo disponer del replantado de el o los arbustos en algún espacio verde de la localidad. Además, queda prohibida la extracción poda tala y daño de árboles en los espacios públicos
Veredas.
Por otro lado, la nueva ordenanza establece que el municipio, en su carácter de autoridad de aplicación, será el único organismo que puede intervenir en la construcción, refacción y remodelación de veredas con personal propio o terceros contratados, de oficio o a solicitud de un tercero interesado.
Solo cederá este derecho ante situaciones que superen su capacidad de intervención, los frentistas podrán solicitar a su coste y responsabilidad, pero siempre bajo autorización y supervisión del municipio. Entre otras cosas, se establece la prohibición en la construcción de toldos sobre las veredas, permitiéndose solamente la colocación de toldos de brazos móviles y rebatibles que no dificulten la visibilidad y tránsito de peatones.
Los propietarios están obligados a conservar las veredas en buen estado, para que los peatones puedan transitar de manera segura y sin obstáculos por las mismas. Por otra parte, será de carácter obligatorio en las esquinas, la construcción en las aceras de rampas con la finalidad de facilitar el tránsito de personas con distintos grados de discapacidad problemas de desplazamiento, las cuales afrontará oportunamente la municipalidad.
Ante incumplimientos a la ordenanza, se aplicarán multas que van desde los 15.000 a los 30.000 pesos aproximadamente, duplicándose en el caso de reiteración de faltas. Fuente La Arena