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“La ley de alquileres y un estado ausente”

  • Foto del escritor: César Gatica
    César Gatica
  • 7 ago 2022
  • 4 Min. de lectura

Desde el Movimiento de Inquilinos Pampeanos se refirieron a la Ley nacional de Alquileres, donde hicieron un análisis a la hora de aumentar el precio del alquiler. También criticaron que no se cumple el Programa Nacional de Alquiler Social.


El texto denominado “La Ley de Alquileres y un Estado ausente”, manifiesta lo siguiente:


La flamante Ley Nacional de Alquileres N° 27.551, pareció ser una especie de “Alivio” para las personas que se ven obligadas a acceder a un techo pagando un alquiler, pero en un sistema de economía basado en la plutocracia, inflación, especulación y en la defensa total de la Propiedad Privada, el Derecho constitucional a una Vivienda Digna que debería garantizar el Estado, como rige en Nuestra Constitución Nacional, quedó en el “Olvido” y trajo muchísimas consecuencias para la parte más débil que son los/as Inquilinos/as.




Un claro ejemplo que podemos brindar, es el cálculo que se hace en la fórmula de actualización del valor de los alquileres de manera anual y que el ajuste según la combinación entre el índice de inflación (IPC) y el de evolución salarial (RIPTE) en partes iguales. Según la Ley, todo se calcula en Base a los datos de I.C.L (Índice para Contratos de Locación) proporcionados por el Banco Central de la República Argentina. Por ejemplo: Quienes Firmaron un contrato de Locación el 07 de Agosto del Año 2021, deben tener en cuenta que el I.C.L en ese momento fue del 1,47. Un año después 07 de agosto de 2022 el I.C.L es del 2,37.


El siguiente paso, es dividir el I.C.L del 07 de agosto de 2022, con el de 07 de Agosto de 2021, es decir: 2,37 DIVIDIDO 1,47. Dando como Resultado: 1,612244.


Por último, para saber el nuevo monto del Alquiler, debemos multiplicar el valor actual, por ejemplo: $15.000,00 X 1,612244. Obteniendo como resultado final: $24.183,66. Ese será el nuevo valor del Alquiler de su vivienda o comercio.


Ante esto, lo más lamentable es que los Salarios No aumentan y están muchísimo más abajo que los aumentos de los alquileres que nos obliga la Nueva Ley. Lo cual los/as Locatarios/as se ven obligados a rescindir sus contratos en busca de otro lugar donde vivir y en algunos casos terminan en toma de tierras fiscales. Ya que el acceso a un terreno o viviendas sociales es muy difícil para los/as trabajadores/as de la clase baja y media baja y sin transparencia al momento de su adjudicación en manos del Poder Político, en complicidad con la oposición.


PRECIOS A LA HORA DE RENOVAR CONTRATOS…


Éste es otro punto en donde la mayoría de Propietarios/as e Inmobiliarias ejercen un abuso del Poder Económico de los/as Inquilinos/as y aumentan en la mayoría de los casos hasta un 100% el valor de la propiedad, con la excusa de: “Hay que hacer un nuevo contrato”. Siendo una práctica abusiva, teniendo en cuenta el Artículo N°1.218 de Nuestro C.C. y C.N..


Por otra parte, la Ley es Muy Clara en su Artículo N° 16, el cual establece que los contratos de locación deben estar declarados ante la A.F.I.P. Pero casi ningún Propietario/a cumple con ésta obligación, como tampoco lo hace de manera mas efectiva el Organismo Nacional. Pero, a la hora de certificar, en algunas veces, se intenta cobrarle al futuro locatario/a la certificación del contrato.


CALLADOS Y AUSENTES…


La flamante Ley Nacional también habla del Programa Nacional de Alquiler Social, el cual hasta el momento no se está cumpliendo por parte del Ministerio Del Interior, Obras Públicas y Viviendas. Como tampoco, hasta el momento, ningún representante/a del Pueblo de La Nación Argentina, tanto del Oficialismo, como la Oposición, salieron a pedir por el cumplimiento de éste Programa Nacional. Prefieren: “Guardar Silencio”, mientras los alquileres aumentan mas fuerte que el dólar blue y los salarios siguen cada vez mas bajos que la credibilidad de éste Gobierno, las dietas de quienes dicen representarnos No bajan y cuando el barco se hunde, miran para otro… .


“HACETE AMIGO DEL JUEZ…”


Otro Incumplimiento de la Ley Nacional N°27.551, es el Art. N° 21 que ante la resolución de conflictos, dice que: “El Poder Ejecutivo nacional, a través del área competente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en forma concertada con las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, debe realizar las acciones necesarias para fomentar el desarrollo de ámbitos de mediación y arbitraje, gratuitos o de bajo costo, aplicando métodos específicos para la resolución de conflictos derivados de la relación locativa. En éste caso, el Poder Judicial es quien “Defiende a la Propiedad Privada” y priva de sus Derechos a los/las Inquilinos/as cuando buscan una solución pacífica a determinados incumplimientos en las Obligaciones del Locador, pero que en la mayoría de los casos, no cuentan con el suficiente dinero para pagar un abogado/a. Es en éste punto, según el Artículo mencionado en el párrafo anterior, donde el Poder Judicial debería Intervenir para que todos y todas, podamos acceder al La Justicia.


DENUNCIA ANÓNIMA, GRATUITA y CONFIDENCIAL


Recordemos que si algún propietario/a te hace un contrato de Locación para vivienda o comercio y no está certificado ante La A.F.I.P, podes denunciarlo/a de forma: ANÓNIMA, GRATUITA Y CONFIDENCIAL, a través del número: 0800-999-DENU (3368). OPCIÓN 2. De LUNES a VIERNES DE 10:00HS. A 16:00Hs.


“HACER RESPETAR NUESTROS DERECHOS COMO INQUILINOS E INQUILINAS SÓLO DEPENDE DE NOSTROS/AS”.


Por César Gatica
Foto: Facebook Movimiento de Inquilinos Pampeanos
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