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Confirman condena a empleado estatal por hurto calificado: saltó un portón para robar ropa y calzado del Ministerio de Educación

  • Foto del escritor: La Pampa
    La Pampa
  • 9 abr
  • 3 Min. de lectura

El Tribunal de Impugnación Penal (TIP) confirmó este martes la condena contra Carlos Alberto Bafundo, un empleado del Estado provincial de 46 años, quien deberá cumplir un año de prisión efectiva por el delito de hurto calificado por escalamiento. El hecho ocurrió en un depósito del Ministerio de Educación, ubicado en la calle Chaco de la capital pampeana, y fue esclarecido gracias al testimonio clave de una vecina.


Los jueces María Eugenia Schijvarger y Gabriel Lauce Tedín rechazaron el recurso de impugnación presentado por la defensa de Bafundo, representada por el abogado Juan Carlos Resia, y confirmaron el fallo dictado en diciembre por el juez de audiencia Gastón Boulenaz. Con esta resolución, el condenado queda en condiciones de ser detenido para comenzar a cumplir la pena impuesta.


Un robo con escalamiento y una testigo clave

Durante el juicio, el magistrado Boulenaz dio por probado que el acusado saltó un portón de 2,40 metros para ingresar al depósito del Ministerio y sustraer un pantalón, una camisa y diez cajas de zapatillas. El accionar delictivo fue observado por una testigo presencial, quien vio cómo un hombre arrojaba una bolsa negra desde el interior del lugar, escalaba el portón, recogía la bolsa y se retiraba rápidamente en una motocicleta Honda Fan. También aportó detalles sobre la vestimenta y el casco del autor, información que fue clave para la identificación del sospechoso.


La policía local, con esos datos, logró interceptar a Bafundo apenas cinco cuadras del lugar del hecho, en la intersección de avenida Spinetto y calle Provincialista. En su poder llevaba las prendas robadas. Al ser interrogado, el hombre respondió nerviosamente que trabajaba en el depósito del Ministerio de Educación y que había saltado el portón porque se había olvidado las llaves. Sin embargo, el tribunal desestimó esta versión por considerarla incompatible con el resto de las pruebas y los horarios establecidos.


El fallo del TIP y el rechazo a la defensa

El defensor Resia intentó revertir la condena señalando que el juez Boulenaz “no justificó adecuadamente” el razonamiento que llevó a la conclusión de que su defendido era el autor del hecho. Además, argumentó que la coincidencia en el color de la campera y el modelo de moto no eran suficientes para identificarlo, y que esa lógica podía llevar a “criminalizar a cualquier persona con vestimenta y vehículo similares”.


No obstante, los jueces Schijvarger y Tedín consideraron que la prueba reunida fue contundente y que el relato del acusado carecía de sustento. Indicaron que, si bien en el momento inicial no fue identificado, sí lo fue claramente al ser detenido, y que la cronología del hecho construida por el juez de primera instancia permitió desechar cualquier duda razonable.


También remarcaron que existió escalamiento, lo que agrava la figura del hurto. “El escalamiento se funda en la inutilidad de la defensa privada frente a la habilidad del ladrón para violar el recinto. Lo que importa no es sólo ingresar por una vía no permitida, sino vencer un obstáculo dispuesto como resguardo de lo ajeno, lo que implica un esfuerzo, habilidad o maniobra”, explicó el tribunal.


Un fallo ejemplar para delitos contra el patrimonio público

El caso genera impacto no solo por tratarse de un delito contra el patrimonio del Estado provincial, sino también porque pone de relieve la eficacia del sistema judicial para responder con firmeza ante conductas delictivas cometidas por empleados públicos. Además, destaca la importancia del compromiso ciudadano, como lo demuestra la valiente intervención de la testigo que aportó la información clave para resolver el caso.


Con esta resolución del TIP, se cierra una etapa judicial y se sienta un precedente importante respecto a la responsabilidad penal de los agentes estatales que vulneran la confianza pública.

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