En una decisión judicial tomada hoy en Victorica, el juez de control Carlos Espínola sentenció a Jorge Lucas Miranda a cuatro meses de prisión efectiva y lo inhabilitó por un año para realizar actividades de caza. Miranda fue declarado responsable de los delitos de caza furtiva y depredación agravada, en infracción a la Ley 22.421 de Conservación de la Fauna, específicamente en sus artículos 24 y 25.
El magistrado detalló que Miranda, de 42 años, ingresó con seis personas más a un predio rural en el departamento de Loventué sin autorización del propietario ni el correspondiente permiso para cazar emitido por la autoridad competente. Durante este ingreso ilegal, se comprobó que cazaron y tuvieron en su poder diversas partes de animales silvestres, entre ellas 11 trozos de carne, tres cabezas de ciervo con astas de 7, 12 y 13 puntas, tres cráneos de ciervo con astas de 10 y 12 puntas, y una cabeza y pata trasera de puma.
El fallo se basó en un acuerdo de juicio abreviado propuesto por la fiscala María Susana Nemesio, el defensor particular Gastón Gómez y el propio acusado. El juez Espínola aceptó la calificación legal y la agravante presentada, señalando que Miranda actuó de manera organizada junto a un grupo de personas y que habían montado un campamento clandestino para procesar los trofeos y conservar los productos obtenidos de la caza ilegal. Además, se encontraron silenciadores en algunas de las armas utilizadas en el hecho.
Este caso resalta la importancia del cumplimiento de las leyes de conservación de la fauna y las graves consecuencias legales para aquellos que violan las normativas relacionadas con la caza furtiva en la región.