La empresa prestataria del servicio de gas natural en La Pampa y otras seis provincias argentinas detalló cuáles son los grupos de usuarios alcanzados por el Decreto de Necesidad y Urgencia N°311/2020 dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional. Este DNU está relacionado con los cortes de suministro en caso de mora o falta de pago.
#Camuzzi informó sobre los alcances de la medida sancionada y puntualizó que «en primer lugar, es oportuno destacar que la compañía cumplirá con todas las disposiciones vigentes, tal como lo ha hecho y sigue haciendo en sus casi 30 años de trayectoria en el país». En un extenso comunicado de prensa, la firma precisó además que «esta medida tiene como finalidad mitigar el impacto que la #Pandemia del #Coronavirus pudiera generar en los usuarios más vulnerables del servicio».
«En este marco, se ha dispuesto la suspensión temporaria del corte de suministro a este grupo de usuarios que, durante el plazo de 180 días, adeuden un total de tres facturas consecutivas o alternas, incluyendo aquellas con vencimientos desde el 1° de marzo de 2020», indicó Camuzzi, para señalar seguidamente que «los usuarios alcanzados por el Decreto de Necesidad y Urgencia son los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo; beneficiarios de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos veces el Salario Mínimo Vital y Móvil; inscriptos en el Régimen de Monotributo Social; jubilados; pensionados; y trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles; trabajadores monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en dos veces el Salario Mínimo Vital y Móvil; usuarios que perciben un seguro de desempleo; electrodependientes beneficiarios de la Ley N° 27.351; usuarios incorporados en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares (Ley N° 26.844); y aquellos que estén exentos del pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza».
Otros casos
El DNU también alcanza a «Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, conforme lo dispuesto por la Ley N° 25.300 afectadas en la emergencia; cooperativas de Trabajo o Empresas Recuperadas inscriptas en el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (Inaes); Instituciones de salud, públicas y privadas afectadas en la emergencia; y entidades de Bien Público que contribuyan a la elaboración y distribución de alimentos en el marco de la emergencia alimentaria».
«En los próximos días, los usuarios contarán con una herramienta en la página web de Camuzzi www.camuzzigas.com.ar que les permitirá informar a qué grupo de los anteriormente mencionados pertenecen», puntualizó la prestataria del servicio. En tanto, para el resto de usuarios no alcanzados por esta medida, y en el marco del cierre temporario de las oficinas de atención al público para prevenir la expansión del Coronavirus, Camuzzi recordó que en la «Oficina Virtual» se podrán realizar consultas, «todos los días del año, las 24 horas».
La empresa informó además que los usuarios pueden acceder a la Oficina Virtual de manera gratuita a través de la página https://oficinavirtual.camuzzigas.com.ar o descargando la aplicación «Camuzzi Gas», disponible para tablets y smartphns. La Arena