El Gobierno Nacional ha reglamentado hoy la reforma al Impuesto a las Ganancias, establecida en la Ley Medidas Paliativas y Relevantes. A través del decreto 652, se oficializaron los cambios que afectarán a unos 800 mil empleados a partir de agosto. Esta medida introduce nuevas escalas y deducciones, modificando significativamente el panorama fiscal para los trabajadores argentinos.
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A partir de ahora, los trabajadores solteros con sueldos brutos de 1,8 millones de pesos y los casados con ingresos de 2,2 millones comenzarán a pagar el impuesto sobre sus salarios. Este ajuste busca mantener el déficit fiscal y proporcionar mayores fondos a los gobernadores, compensando pérdidas previas debido a cambios en la legislación sobre Ganancias implementados en 2023.
Principales Cambios en la Ley
Nuevas Escalas y Deducciones:
Los solteros que ganen 1,8 millones de pesos brutos pagarán una alícuota del 5% sobre el excedente, mientras que aquellos con salarios de 2,5 millones afrontarán una carga de 100 mil pesos.
Para ingresos superiores a 4,9 millones de pesos brutos, la alícuota llegará al 35%.
En el caso de los casados, el tributo comenzará con sueldos de 2,2 millones de pesos, aplicando alícuotas progresivas hasta un máximo del 35% para salarios de 5,5 millones de pesos.
Actualización del Mínimo No Imponible: La actualización se realizará en septiembre de este año y, a partir de 2025, se efectuará en enero y julio de cada año, basada en el índice de precios al consumidor divulgado por el Indec.
Incluidos en el Cálculo del Gravamen: A partir de ahora, se computarán para el cálculo del impuesto las horas extras, premios, aguinaldo y no habrá una alícuota diferencial para los trabajadores de la Patagonia.
Deducciones Permitidas: Se permitirán deducciones por hijos, cónyuges, alquileres, prepagas y seguros de vida. En particular, los alquileres deben estar registrados ante la AFIP para poder beneficiarse de esta deducción.
Implicaciones y Ajustes
El presidente Javier Milei, junto con el jefe de Gabinete Guillermo Francos y el ministro de Economía Luis Caputo, firmaron la resolución que reintroduce la cuarta categoría del impuesto, representando un 0,4% del Producto Bruto Interno.
El decreto también especifica cómo las empresas deberán aplicar el impuesto para evitar cargas desproporcionadas en los primeros meses del año. Además, se establece la deducción especial y la forma en que los agentes de retención deben aplicarla desde el 1 de enero hasta julio, cuando los cambios en Ganancias comienzan a regir.
Exenciones y Personal de Pozo
Se destaca la precisión en el concepto de "personal de pozo", excluyendo a personal administrativo y directivo de los beneficios impositivos específicos. Este término abarca a quienes trabajan directamente en la exploración, perforación y producción de hidrocarburos, asegurando que solo aquellos en roles operativos sean considerados para las exenciones correspondientes.
Conclusión
La implementación de esta reforma marca un cambio importante en la estructura fiscal argentina, afectando a una gran cantidad de trabajadores que hasta ahora estaban exentos del pago de este impuesto. La medida, efectiva a partir del 22 de julio, busca equilibrar las finanzas públicas y proporcionar un alivio económico a las provincias, aunque no exenta de controversias por los cambios en las deducciones y escalas impositivas.
Esta reforma no solo implica un ajuste fiscal, sino también un desafío para la adaptación de los trabajadores y las empresas al nuevo régimen tributario, con la esperanza de una mejor distribución de los recursos y un fortalecimiento de la economía nacional.