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Este año ya se hicieron 290 abortos no punibles


SALUD PUBLICA

El Ministerio de Salud de la provincia de La Pampa reveló que desde comienzos del año y hasta la fecha, se han realizado 290 Interrupciones Legales del Embarazo (ILE), contra unas 415 que se realizaron en 2018. «Es una de las provincias que más está trabajando este tema, esto es lo que hace es disminuir los riesgos y daños que puedan ocasionar los abortos inseguros», explicó el subsecretario de Salud, Gustavo Vera.

El 2018 fue un año bisagra para las mujeres y personas con capacidad de gestar debido a que, gracias a la lucha del movimiento feminista y las disidencias sexuales, se logró debatir en el Congreso de la Nación el proyecto de ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) que impulsa la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito.

Si bien la iniciativa obtuvo una media sanción en Diputados, el proyecto fue rechazado en Senadores. Sin embargo, a pesar de no haber logrado la aprobación de la ley, se logró un objetivo igual de importante: la despenalización social del aborto.

De esta manera, el tema dejó atrás el rótulo de «tabú» y comenzó a ser discutidos en todos los ámbitos de la sociedad, como el hogar, la escuela y el trabajo. A su vez, reforzó la batalla que venían llevando distintas organizaciones para que los Estados cumplieran con la aplicación de la Ley de Educación Sexual Integral y garantizarán las Interrupciones Legales del Embarazo (ILE).

En ese marco, la provincia de La Pampa ha sido una de las pioneras en la materia y, desde el año pasado, a través de una resolución del Ministerio de Salud, se institucionalizó el protocolo para actuar ante las causales planteadas en el Código Penal argentino y lo determinado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el reconocido Fallo F.A.L en el año 2012, que le encargó a Nación y las provincias la realización e implementación de protocolos hospitalarios.

Cifras.

Según un informe exclusivo del Departamento de Maternidad e Infancia y del Programa de Salud Sexual y Procreación Responsable al que accedió este diario, desde el primero de enero de 2019 hasta la fecha se han realizado un total de 290 Interrupciones Legales del Embarazo (ILE), de las cuales 15 de ellas fueron el período del segundo trimestre de gestación por distintas causales.

Por otra parte, se indicó que en 2018 el número de prácticas realizadas alcanzó las 415, con distintos métodos. Allí, es el equipo técnico el que evalúa las causales, en donde se encuentra la salud «no es solamente lo físico, sino que se evalúa también lo psicológico y lo social».

Desde el Ministerio, explicaron que la práctica se puede solicitar en todos los centros de salud y que actualmente en «el Hospital Molas y el Centeno se atienden las pacientes que cuyos casos no se pueden resolver en los Centros de Salud, porque esto se trabaja en los Centros de Salud y en los hospitales del interior, que lo están haciendo cuando es antes de las 12 semanas».

A su vez, afirmaron que «la provincia tiene los insumos, que están garantizados para llevar adelante la práctica» y que «en ningún caso se precisa la denuncia» ante la Justicia.

«Primero se le informa al paciente, se le respeta la confidencialidad y la privacidad. En la causal salud, que es la pérdida del completo estado de bienestar físico, psíquico y social, estos últimos aspectos son muy importantes por lo que acarrea en una persona».

«Es un conjunto, por eso son equipos técnicos donde no solo está el ginecólogo, sino que también hay asistentes sociales, psicólogos, que evaluan las causales y si corresponde o no lo que dice la ley», agregaron.

Desde el área, indicaron que «se continúa trabajando en garantizar el acceso a los espacios de Consejerías como así también los insumos necesarios para disminuir los riesgos y daños que se pueden ocasionar por abortos inseguros».

Disminución de riesgos.

Consultado al respecto, el subsecretario de Salud de La Pampa resaltó que nuestra provincia es «una de las que más está trabajando este tema, esto es lo que hace es disminuir los riesgos y daños que puedan ocasionar los abortos inseguros».

A su vez, planteó que existe «una realidad en Argentina, y La Pampa no está alejada de eso, es decir los abortos existieron toda la vida, desde que yo soy joven donde se escuchaba sobre los abortos inseguros o clandestinos». En relación a la cantidad de prácticas realizadas, Vera afirmó que «el número no nos extraña» y enfatizó en que se está «evitando la mortalidad materna, las infecciones, las enfermedades, y todo lo que produce una practica que es insegura».

Además, explicó que las pacientes están acompañadas por un equipo de salud y que «más allá de las distintas ideologías y distintas religiones, estamos hablando exclusivamente de salud», donde «está indiscutido que la mortalidad materna disminuye y que mejora la salud de la mujer».

De todas maneras, reconoció que cuando una persona «llega a una ILE» se trata de «un extremo» debido a que «nadie llega alegre a este momento. No solamente desde lo físico, de lo psíquico o de los social, nadie quiere hacer esto por que sí, sino porque llegó a un límite»

«Ha costado vidas».

El funcionario provincial destacó que La Pampa es «una de las provincias pioneras» en la temática de la salud sexual y reproductiva y reconoció que «estamos muy conformes porque hay muchos profesionales que tienen objeción de conciencia pero no se sacan la paciente de encima, sino que hablan con ella, le dicen a quien se tienen que dirigir. No se abandona al paciente, y es un cambio en nuestra atención. Se esta tomando con suma seriedad, cumpliendo con lo que dice el Código Penal, porque los que tenemos algunos años sabemos que esto ha costado vidas de mujeres».

La Pampa y su Protocolo de la ILE

El Protocolo para la Atención Integral de las Personas con Derecho a la Interrupción Legal del Embarazo (Protocolo ILE) fue publicado en 2015 por el Ministerio de Salud de la Nación para estandarizar prácticas y garantizar el acceso a este derecho. Allí, se establecen lineamientos para acceder a la práctica.

Según informó la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito, por el momento, 12 provincias aún «no han adherido o poseen un protocolo propio y/o restrictivo». La Pampa es una de las 11 provincias que adhirió al Protocolo nacional y, en 2018, oficializó a través de una resolución ministerial una normativa propia, adaptada a la realidad provincial.

El subsecretario de Salud, Gustavo Vera, explicó que la Provincia hace un año «hizo una resolución ministerial donde se puso al día con el protocolo nacional, con la diferencia de que se hizo una adaptación provincial por la experiencia previa que había», y que la normativa se estructuró en base a lo que dicta «el articulo 86 del Código Penal».

Además, mencionó que se está «institucionalizando todo y que la última novedad es que en la última resolución que se hizo del Ministerio también el sector privado lo puede realizar, y nos hemos contactado con la Sociedad de Ginecología de La Pampa, nos hemos reunido con ellos y hemos tenido una charla muy productiva para trabajar en conjunto».

De esta manera, el funcionario provincial enfatizó que se trabaja «dentro de lo establecido por la ley» y que se respeta «la información, la confidencialidad sobre la paciente y la privacidad. Estamos trabajando prácticamente en toda la provincia, no es solamente el Lucio Molas, con equipos técnicos, respetando los derechos de las mujeres y los derechos de los profesionales».

Vera anticipó que «se están realizando algunas modificaciones, por cómo se ha venido trabajando. Hemos avanzado en las capacitaciones de los distintos profesionales, médicos generalistas, psicólogos, asistentes sociales y también capacitando en el segundo semestre, donde la causal es muy específica. El último cambio que se va a hacer es sobre el tema de adolescencia, un capitulo donde hay una autonomía progresiva».

Un fallo determinante

El fallo F.A.L determinó de qué manera debía interpretarse el artículo 86 del Código Penal de la Nación -de 1921-, que establece las excepciones para penalizar el aborto en sus artículos 1 y 2: «el aborto practicado no es punible si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios; si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente».

A su vez, la Corte convocó a los poderes judiciales de todas las provincias a no judicializar los casos de aborto que la ley no prohíbe y le encargó a los poderes ejecutivos nacionales y provinciales la implementación de protocolos hospitalarios «para la concreta atención de los abortos no punibles a los efectos de remover todas las barreras administrativas o fácticas al acceso a los servicios médicos».

fuente La Arena

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