El Ministerio de Hacienda y Finanzas considera necesario aclarar que el Régimen de Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos sobre las ventas con tarjetas de compra, de crédito, de débito, tickets, medios electrónicos y similares, se encuentra vigente en La Pampa desde hace más de 20 años.
Por ello, la sanción de la Resolución General Nº2/2019 de la Comisión Arbitral no abre la posibilidad para la implementación de un nuevo Régimen de Recaudación del Impuesto, pues el mismo ya se encuentra vigente, así como en la mayoría de las provincias argentinas.
La finalidad de la referida Resolución de la Comisión Arbitral es crear un sistema informático que unifique la rendición de las retenciones que realicen las administradoras de tarjetas y únicamente para aquellas provincias que adhieran al nuevo sistema. Básicamente, se trata de una suerte de estandarización de los esquemas de retención y percepción, al que las provincias pueden o no adherir.
En este sentido, se aclara que la adhesión de La Pampa se evaluará oportunamente, comparando la recaudación que se percibiría con la eventual adhesión con la que genera el sistema utilizado actualmente; se considera oportuno esperar hasta la implementación efectiva del sistema en otras jurisdicciones y ver cómo evoluciona la recaudación del mismo.
De tener lugar la adhesión, es necesario resaltar que la misma no implicaría modificación alguna a los actuales regímenes de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para los contribuyentes. En otras palabras, de adherirse al sistema, no se incrementaría la presión recaudatoria sobre las personas, simplemente se modificaría el régimen de ingreso para los agentes de retención, percepción y de distribución de lo recaudado para el Estado provincial.