FIJAN CANON POR EL USO DE LAS BOLETERÍAS Y LA TASA DE ATRAQUE
Está área del pueblo dependerá del municipio. Los micros de las cuatro empresas que operan en esta localidad ocuparán la plataforma que se les asigne entre 20 y 30 minutos antes de la hora de partida. La tasa de atraque fue fijada en $800 y $1.200 por mes.
El Concejo Deliberante de Victorica aprobó dos proyectos de ordenanza enviados por el Ejecutivo municipal, que conduce el intendente Hugo Kenny. Uno reglamenta el funcionamiento de la Terminal de Omnibus y el otro establece el canon que tienen que pagar las empresas por uso de boleterías y la tasa de atraque de colectivos en las plataformas de la mencionada estación.
La terminal de autobuses funciona desde hace más de dos meses en la ex estación del ferrocarril, que fue reacondicionada para darle esta nueva utilidad pública. La ordenanza municipal 2309/18 determina que el sitio será una dependencia de la municipalidad.
Además del personal de las empresas, que atenderá exclusivamente las tareas que les encomienden sus mandantes, contará con lo estrictamente indispensable para el cuidado y limpieza de sus instalaciones, con excepción de los locales arrendados a terceros y el contenido de los mismos, a cuyo cargo estará obligatoriamente la tarea de mantenimiento.
En lo posible se asignará en forma permanente una misma plataforma o andén a las diversas líneas, adecuando el uso de ellas a los horarios de llegada y salida de los distintos servicios. Los colectivos ocuparán la plataforma que se les asigne entre los 20 y 30 minutos anteriores a la hora fijada para la salida, a fin de que el personal de la empresa efectúe el contralor de pasajes y equipajes y se cumplan las demás formalidades dispuestas en la presente reglamentación. Los vehículos que arriben deberán abandonar la plataforma asignada inmediatamente después de finalizado el descenso y ascenso de pasajeros, la entrega de equipajes o encomiendas. El municipio podrá habilitar lugares especiales para el estacionamiento temporario de micros que por inconvenientes mecánicos u otras causas debidamente justificadas se vean impedidos de desalojar la estación después del descenso del pasaje.
Las empresas informarán cuando la comuna lo requiera, sobre cantidad de pasajeros, número de las encomiendas transportadas, horarios, atrasos, o cualquier otra circunstancia que pueda utilizarse con fines estadísticos o informativos. La ordenanza también autoriza el arribo y salida de las instalaciones de esta área del pueblo, de operatorias de micros para servicios especiales de turismo, recreación, deporte y otros fines, tanto para los organizados localmente, como para los provenientes de otros puntos de La Pampa y del resto del país. Para ello, las empresas deberán presentar obligatoriamente la habilitación nacional o provincial, según corresponda para el transporte público de pasajeros y el respectivo listado de pasajeros debidamente autorizado por la autoridad competente.
Los vehículos de transporte público de pasajeros que arriben a la terminal deberán permanecer con sus motores apagados, desde el momento de atraque y hasta el de salida, a efectos de evitar la emisión de ruidos y gases por combustión que ellos producen. Las empresas realizarán, con personal propio, la venta de pasajes así como la recepción y entrega de equipajes y encomiendas, en el local que arrienden en la terminal. En esta localidad brindan servicios dos firmas de minibuses victoriquenses, una empresa de colectivo de General Pico y el Chevallier, que llega al pueblo los sábados y parte al día siguiente. El incumplimiento a las disposiciones vigentes será sancionado por las disposiciones del Código Municipal de Faltas.
En tanto la ordenanza 2310/18 estableció el canon por uso de boleterías y la tasa por la cantidad de atraques semanales a las plataformas de la terminal. Hasta 15 atraques semanales cada empresa abonará mensualmente 800 pesos y por más de esa cantidad 1.200 pesos. Por boletería, uso compartido 1.500 pesos y uso exclusivo 2.500 pesos por mes.
< Luis Barbaschi para LA ARENA 20/11/2018 >