La temporada de incendios en la provincia de La Pampa inicia en noviembre y llega hasta fines de marzo, debido que es la época de mayor incidencia y comportamiento más agresivo.
Hay que tener en cuenta que los fuegos de temporada, tanto en su comportamiento como ocurrencia, dependen esencialmente de la climatología que se da en el verano (tormentas eléctricas, altas temperaturas, vientos, etc.) y también del estado y cantidad de material combustible que hay en esos momentos. Además depende de las lluvias de invierno y del manejo particular de cada establecimiento agropecuario.
Desde la Dirección de Defensa Civil del Ministerio de Seguridad, se recomienda a los productores rurales prever, a partir del mes de agosto, y hasta octubre inclusive, el mantenimiento de las picadas cortafuego, a fin de evitar males mayores a causa de incendios forestales de las épocas estivales en la Provincia.
La Ley Provincial N° 1354 establece la obligatoriedad de picadas perimetrales cortafuego en los establecimientos rurales de la Provincia. Se entiende por picada cortafuego una franja de terreno, de ancho variable, libre de material ígneo, es decir, en condiciones de arder, entre distintas parcelas de pastizales, bosque y/o monte.
Se recomienda que en los meses de agosto-septiembre y octubre se realice el repaso de las picadas contrafuegos, con vistas a la temporada de incendios durante la época estival. Aquellos establecimientos que requieran de la reapertura de las picadas, por presencia de arbustivas y/o vegetación de porte mayor, pueden realizarlo durante todo el año. También se recomienda a los productores rurales ponerse en contacto con la Dirección de Recursos Naturales, a fin de asesorarse sobre normativas y/o planes vigentes.
De las tareas a realizar en picadas, existen dos que son fundamentales: reapertura: en aquellas picadas que están cerradas por la vegetación y deben reabrirse, por presencia de arbustos y vegetación de mayor porte, y mantenimiento de las picadas que están abiertas y necesitan el repaso o mantenimiento.