LA MUJER ESTA ACUSADA DE HOMICIDIO CULPOSO
El juez de control Nicolás Casagrande Lorences declaró la apertura del juicio contra una mujer al quedar acreditado provisoriamente que tuvo una “conducta negligente y reprochable” en el cuidado de su hija de 15 meses. Y sobreseyó al padre, por entender que “estaba durmiendo” en ese momento.
El juez de control de Santa Rosa, Nicolás Casagrande Lorences, envió a juicio oral a una mujer por el delito de homicidio culposo en perjuicio de su hija y, en cambio, dictó el sobreseimiento del padre de la menor, quien también estaba imputado en el hecho. De acuerdo a la acusación del fiscal Marcos Sacco, el 17 de octubre de 2016, a las 21.45, ambos provocaron la muerte de su hija de 15 meses, estando en un domicilio de Anguil, como consecuencia “de un cuidado negligente, que se tradujo en la omisión del deber de cuidado que detentaban respecto de la menor al momento de producirse el deceso”.
Los defensores oficiales Silvina Blanco Gómez y Pablo De Biasi, en representación de la mujer (36 años) y el hombre (48), respectivamente, rechazaron la acusación y le pidieron al juez que los dos sean sobreseídos. Casagrande Lorences resolvió darle curso a la imputación contra la madre -quien irá a juicio- por entender que “como mínimo, en esta etapa del proceso, puede decirse que habría obrado con lo que algún sector de la doctrina denomina culpa inconsciente (no se representó la posibilidad del resultado), lo que no hace desaparecer su responsabilidad por el deber de cuidado que debía mantener”.
Por el contrario, sobreseyó al padre por considerar -entre otras razones- que estaba durmiendo al momento de la muerte de la niña y porque de la acusación en su contra “no es posible desmenuzar cómo el fiscal llegó a la conclusión de que debía ser sometido a un juicio oral”.
El hecho investigado tiene ribetes escalofriantes y los adultos implicados son nativos de Winifreda. De acuerdo a la acusación fiscal, la beba recibió la primera atención médica a las 20.45 de aquel día de octubre de 2016 por un médico de guardia del hospital de Anguil, quien se presentó en el domicilio de la niña luego que su progenitora acudiera al centro sanitario en busca de auxilio debido a que su hija no reaccionaba a sus llamados.
El facultativo tomó a la beba en brazos y al subirla a la ambulancia constató que ya no presentaba signos vitales, comenzó tareas de reanimación, las que continuaron durante el traslado hasta el hospital Lucio Molas de Santa Rosa, donde entregó a la menor en el servicio de Pediatría; hasta que finalmente el personal médico interviniente confirmó su deceso, cerca de las 21.45.
Autopsia.
El fiscal hizo hincapié en el informe de autopsia, elaborado por el forense Juan Carlos Toulouse, quien informó que la causal de deceso fue un “traumatismo craneano violento” y que la niña falleció por edema y hemorragia cerebral difusa con características “vinculables” al “Síndrome del Niño Sacudido”.
Tal diagnóstico científicamente se explica como “un tipo de traumatismo cerebral infligido cuando un bebé es sacudido violentamente. Las sacudidas hacen que el frágil cerebro salte para adelante y para atrás dentro del cráneo y sufra contusiones y hemorragia que pueden causar daños cerebrales graves permanentes o la muerte”.
Para corroborar lo dictaminado por el forense pampeano, el acusador público solicitó un informe médico al Instituto de Investigación Criminal y Ciencias Forenses Norte, dependiente de la Procuración General, cuya encargada, la forense Mirta Mollo Sartelli, dictaminó que “no se puede excluir en un todo la posibilidad de un maltrato infantil en la forma de un niño sacudido ya que no se han representado en el procedimiento de autopsia todas las posibles variables de causal de deceso, quedando en un cono de sombras la potencial posibilidad de una muerte por broncoaspiración o cuadro patológico previo, no de origen violento como posible causal de deceso”.
Cámara Gesell.
El fiscal Sacco se apoyó también en la declaración testimonial brindada por la otra hija de la pareja (de 9 años de edad, hermana de la víctima) en Cámara Gesell, y del que se desprende que le habría dicho a su mamá -la imputada- en dos oportunidades, que a la beba le podría estar pasando algo malo dado que no respiraba y estaba fría, haciendo su madre caso omiso y tratándola de mentirosa. Cuando se percató de la situación real ya el resultado era irreversible.
Sacco sostuvo que la mujer debió extremar aún más los deberes de cuidado para con su hija en razón de que, tal como surge de la historia clínica de la beba, se le había detectado una insuficiencia respiratoria en julio de 2015 y en enero de 2016, requiriendo internación, agregando además un antecedente previo de la encausada: en 2012, falleció el niño de 9 meses, cuya causal de deceso fue asfixia (aplastamiento por parte de su progenitora). El fiscal concluyó que ambos acusados, tuvieron nuevamente un accionar negligente.
También consideró valioso el testimonio dado por la psicóloga Viviana Carasay Moyano, quien refirió que la noche en que la beba falleció en el Molas, a pedido de una pediatra, se acercó hasta el lugar, debido a que la mamá le sacaba fotos a la beba muerta y mientras retiraban su cuerpito, expresaba: “Espero que esta muela me deje dormir”.
Sobreseimiento.
El defensor De Biasi pidió el sobreseimiento de su asistido apoyándose en la versión dada en Cámara Gesell por la hermana de la beba, quien declaró que su padre cuando se fue a dormir la nena estaba en perfectas condiciones, dejándola al cuidado de su madre y nada pudo hacer para evitar su muerte.
Esto fue acreditado por el juez en su resolución. El padre “se acostó a dormir cerca de las 16.30 luego de volver de Winifreda y en ese ínterin” la madre “incluso habría dejado a la niña sola con su hermana de 9 años, para ir a comprar mercadería durante una hora”.
“El relato de la hermana de la víctima (en Cámara Gesell) da cuenta que ella tuvo mayor preocupación por la beba que su madre, dado que cuando se durmió fue a verla, le dio un beso y la notó fría, y luego notó que no respiraba y las dos veces se lo dijo a su mamá; hasta que finalmente le dijo que fuera a verla, que parecía muerta, porque si le levantaba la mano se le caía, si le tocaba la panza no respiraba y tampoco tenía pulso. Sin embargo la respuesta de la imputada fue que no la molestara más, aunque ante la insistencia accedió a ponerle una cobija y allí notó que era cierto lo que decía su hija”, escribió el juez.
“De este modo aparece acreditado provisoriamente el carácter de negligente asignado a la conducta de la mujer. Encuentro acreditado con la provisoriedad necesaria que existió una conducta reprochable con un resultado disvalioso”, agregó.
En cambio, entendió que la acusación presentada contra el padre de la víctima no reúne los requisitos de motivación y que todas las constancias obrantes confirman que se encontraba durmiendo desde un poco más de las 16 hasta las 20.30, siendo en ese lapso que se produjo la muerte de su hija. Decretó su sobreseimiento dejando constancia que la formación de la presente causa no afecta el buen nombre y honor del que hubiere gozado y declaró la apertura del juicio oral contra la mujer, quien actualmente goza de libertad al igual que el hombre.
< Luis Barbaschi para LA ARENA 02/07/2018 >