EL CASO DEL RÍO EXPUESTO EN UNA PUBLICACIÓN ACADÉMICA DE ALCANCE INTERNACIONAL
El juez Lorenzetti escribió un artículo sobre la resolución del 1 de diciembre de 2017. Dijo que es un “fallo histórico” y que marca un cambio de paradigma que debe aplicarse a nivel nacional e incluso mundial.
En un artículo publicado en una revista especializada de alcance internacional, el presidente de la Corte Suprema de Justicia de Argentina, Ricardo Lorenzetti, calificó como “decisión histórica” la sentencia que firmó junto a los otros integrantes del cuerpo en diciembre del año pasado ordenando a La Pampa, Mendoza y la Nación alcanzar acuerdos para compartir el río Atuel en forma equitativa y reconstituir el daño provocado en el oeste pampeano.
El mandato de hacer un uso compartido y ambientalmente consciente del río Atuel, con especial atención al ecosistema y a las comunidades que lo aprovechan, es el nuevo paradigma para el uso del agua que se debe aplicarse no solo en Argentina sino a nivel mundial, afirmó el juez.
El artículo de Lorenzetti se denomina “The Conflict Over the Atuel River in Argentina”, se publicó en la revista “Environmental Law Reporter” que edita la organización “Environmental Law Institute” y se subdivide en nueve partes: I) El río Atuel: una Introducción al caso; II) La demanda de La Pampa del año 2014; III) La competencia dirimente de la Corte; IV) Denegación de la “Res Judicata”; V) El derecho humano por el acceso al agua potable; VI) La lucha contra la desertización; VII) La visión integral de la cuenca hídrica, VIII) La CIAI, y IX) Conclusión.
Escrito en inglés, a lo largo de sus cuatro páginas repasa la historia del conflicto sobre el río Atuel, analiza las diferencias entre la demanda pampeana del 1979 y la presentada en mayo del año 2014, evalúa la competencia de la Corte Suprema para intervenir en el caso y por último analiza los alcances del nuevo marco legal que preanuncia esta resolución.
“En este caso no hay ganadores ni perdedores”, afirmó el juez supremo al resumir los efectos que tendrá la resolución firmada el 1 de diciembre de 2017.
Resolución histórica.
Al presentar el caso y su intervención en él, Lorenzetti consideró que la resolución de la Corte Suprema argentina del 1 de diciembre de 2017 reviste “un carácter histórico” por cuanto “empezó a darle forma a la solución de un conflicto que ha perdurado por más de 70 años”.
Esa solución está contenida en la orden de consensuar en 30 días un caudal del río Atuel para permitir la recuperación del ecosistema “que fue afectado en el noroeste de La Pampa por las represas Los Nihuiles”. Para ello, recordó el juez, la Corte otorgó 120 días a los tres gobiernos para presentar un plan de trabajo y un programa de obras que contemple “alternativas técnicas acordes a las características ecológicas del río (y) los costos de construcción de esas obras y su modo de distribución entre los tres gobiernos”.
También debe mencionar “los beneficios de su uso, las necesidades de las poblaciones cercanas, la necesidad de defender el acceso de la población al agua potable, la participación de las comunidades originarias, y las actividades productivas y económicas”.
“La decisión implica un cambio en la gestión del río”, resaltó Lorenzetti. Para concretar ese cambio la Corte ordenó a las tres partes del conflicto “alcanzar acuerdos para implementar el plan y para financiar los trabajos que mitiguen la desertización y mejoren la eficiencia en el uso del agua”.
Flujo mínimo.
“La sentencia llama a buscar acuerdos después de décadas de litigio”, destacó. “Por esa razón, convoca a los gobiernos a un consenso en el manejo del río Atuel y en los trabajos necesarios para regularlo. La clave es el requerimiento de garantizar un flujo mínimo de agua que permita la reparación ambiental del área de La Pampa, particularmente (la localidad de) Santa Isabel y sus alrededores”.
Para Lorenzetti, más que preocuparse por la demanda hídrica de cada parte hay que ocuparse del suministro de agua, máxime en un escenario de cambio climático que indica que el recurso va a ser cada vez más escaso.
Luego, y tras reiterar el llamado a las dos provincias a cambiar la situación de litigio por una actitud cooperativa, Lorenzetti analizó cada uno de los puntos de la resolución del 1 de diciembre.
La conclusión.
Es interesante leer, en este caso a partir de una publicación de alcance internacional, el resumen que hace Lorenzetti de la sentencia del 1 de diciembre de 2017 que él mismo firmó y que, como bien saben los pampeanos, aún está lejos de llevarse a la práctica.
“La nueva sentencia de la Corte Suprema resaltó que este conflicto entre las dos provincias es diferente al que la Corte resolvió en el año 1987, y consideró que debe ser resuelto basado en un federalismo concertado que supere las actitudes antagónicas”, ilustró el magistrado.
“La sentencia sostuvo que este caso, en su planteo actual, implica un problema ambiental; que hay un derecho al agua que debe superar el modelo dominante para pasar a uno sistémico y ecocéntrico; determinó que el acceso al agua potable afecta directamente la vida y la salud de las personas, y que su protección es esencial para la Naturaleza para mantener su funcionalidad como sistema, junto con su capacidad regenerativa y de resiliencia. También afirmó que la lucha contra la desertización debe focalizarse en las fuentes de agua, no solo en la demanda”.
Cambio de paradigma.
“En síntesis -concluyó Lorenzetti-, no hay ganadores ni perdedores en este caso. La sentencia de la Corte se refiere a un enfoque ambiental. No hay un único responsable del ambiente; el ambiente es responsabilidad de todos. Más aún, la decisión de la Corte concientizó en la necesidad de un cambio de paradigma sobre el uso del agua, en Argentina y a nivel mundial”.
Los avances mencionados tanto en la sentencia como en este artículo aún son incipientes, poco visibles. Pero lo escrito, escrito está…