Los adjudictarios de las nuevas viviendas sociales que se adjudicarán desde este año en nuestra provincia pagarán hasta $1.000 de cuota mensual, informó el Instituto Provincial Autárquico de la Vivienda (IPAV). Es a raíz de una modificación anunciada por el organismo, que alcanza exclusivamente a quienes se les adjudiquen casas a partir del primero de enero.
En tanto, se informó que para las viviendas adjudicadas antes del 31 de diciembre del año pasado la cuota máxima no superará los $500 al mes.
El gobierno dijo que para todas las viviendas entregadas hasta el 31 de diciembre de 2017 se respetarán las condiciones pactadas a esa fecha.
El IPAV comunicó que "se han adecuado las normativas relacionadas a los reembolsos de las cuotas correspondientes a las viviendas sociales otorgadas y a otorgarse" por intermedio de este organismo.
Señaló respecto de las viviendas adjudicadas con anterioridad al 31 de diciembre de 2017, que la cuota máxima a abonar no superará, en ningún caso, la suma mensual de $500, "respetándose las condiciones de venta de cada una de las operatorias existentes".
Por otra parte, para las viviendas sociales adjudicadas a partir del 1 de enero de 2018, la cuota máxima será de $1.000 mensuales, respetándose las condiciones de venta aplicables respecto de cada una de las operatorias.
También se dispuso que el sorteo mensual cancelatorio entre aquellos adjudicatarios que se encuentren al día con los pagos permanecerá vigente, aunque quienes adeuden 5 cuotas consecutivas o alternadas tendrán una pérdida gradual del subsidio que otorga el gobierno provincial.
Quienes registren cuotas vencidas e impagas podrán regularizar su situación durante el transcurso del año 2018 en las condiciones establecidas por la Resolución 280/06, manteniendo los beneficios y subsidios vigentes hasta el 31 de diciembre de 2017.
Respecto de quienes eventualmente gestionen ante el organismo la cancelación anticipada del saldo de deuda de la vivienda, se procederá a actualizar el mismo mediante el índice de la Construcción nivel general publicado por el INDEC.
Esta metodología -se explicó oficialmente- será de aplicación respecto de quienes se encuentren tramitando dicha cancelación y respecto de aquellos que la inicien a partir del inicio del corriente año.