Desde el Ministerio de Seguridad se informa a la población la necesidad de la utilización de la documentación obligatoria para circular en automotores.
La misma es licencia de conducir vigente en el tiempo, acorde a la categoría, y licencia con el vehículo que se está conduciendo. Cédula de identificación del automotor o comúnmente denominada cédula verde. Dicha cédula tiene una validez de un año desde la fecha de su expedición por el Registro Nacional de Propiedad del Automotor, para utilización de terceros ajenos a quien es el Titular Registral. Siendo que para el Titular no existe plazo de vencimiento en la utilización de la misma.
Para los terceros que conduzcan un vehículo que no es propio, el único instrumento válido para hacerlo en la circulación es la denominada tarjeta azul que debe extender el titular Registral ante el Registro Nacional de Propiedad del Automotor. Éste organismo es el único que tiene competencia legal para extender registraciones y patentamientos de toda clase de vehículos.
Y la portación del seguro, con acreditación de la vigencia del seguro obligatorio de responsabilidad de cobertura de terceros.
En caso de no tener algunos de éstos elementos instrumentales, se concreta la retención del vehículo, no pudiéndose sustituir, ni ser conducido el vehículo por otra persona.
Respecto de las motos, la misma documentación obviamente en la categoría de la moto y la cilindrada específica, con portación de casco colocado en la cabeza, tanto el conductor como el acompañante. El primer beneficiado en llevar casco es el mismo motociclista. Y en caso de no hacerlo, también es transgredir una regla de convivencia social en la utilización de una vía pública, por ende, la utilización del casco implica una cabal demostración de respeto a las demás personas.
También corresponde señalar que no pueden ser llevados menores de 10 años en las mismas, como en ningun caso más de 2 personas en una moto.
En la tarde de ayer, el ministro Juan Carlos Tierno recorrió distintos lugares de la ciudad de Santa Rosa, procediendo a la constatación de inexistencia de documentación y otras falencias en algunas motocicletas, llevándose a cabo las retenciones correspondientes.
Asimismo, el caño de escape de todo tipo de vehículo y particularmente de las motos debe estar dentro de lo reglamentario y en caso que por el desgaste se produzca un ruido indebido, debe ser inmediatamente solucionado, de lo contrario corresponde también las actuaciones contravencionales del caso.