UNO DE LOS ACUSADOS CUMPLIRÁ PRISIÓN EFECTIVA
El juez de control Nicolás Casagrande Lorences condenó a Lisandro Andrés Rojas a seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, por resultar autor material y penalmente responsable del delito de lesiones leves calificadas por el vínculo y amenazas simples en concurso real, hechos que fueron valorados en el marco de la ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres.
La resolución fue consecuencia de un acuerdo de juicio abreviado propuesto por el fiscal Marcos Sacco, el defensor particular Luciano Di Nápoli y el propio imputado, un comerciante de 44 años. La víctima también dio su aprobación.
En la causa quedó probado que hace tres meses, el 16 de septiembre, Rojas mantuvo una discusión con su pareja, en la vivienda que compartía, al comunicarle que finalizaría con la relación. Posteriormente la mujer se fue hasta lo de una amiga para que él pudiera retirar sus pertenencias.
Eso fue a media tarde. En los primeros minutos del día siguiente, Rojas comenzó a enviarle mensajes de texto a la víctima, insultándola y reclamándole por un auto. A las 5.30 la mujer llegó a su domicilio en taxi -porque había dejado el automotor en lo de la amiga- y al ingresar se encontró con el acusado, quien volvió a reclamarle por el vehículo.
Rojas se ofuscó ante la respuesta de su ex pareja, le dijo “te voy a hacer mierda” y la tiró sobre la cama, tapándole la boca, lo que le impedía respirar. “Te voy a destruir, querés jugar a quién la tiene más larga” (sic), expresó el agresor. Luego se produjo un forcejeo cuando ella intentó sacárselo de encima. En ese momento el imputado le mordió tres dedos de una mano, la mujer sangró y empezó a gritar.
Ocho meses.
Por su parte, el juez de control, Néstor Daniel Rali, condenó a Pablo Roberto Ferretti a ocho meses de prisión de ejecución condicional, como autor material y penalmente responsable de los delitos de lesiones leves calificadas y amenazas simples, en concurso real.
El magistrado acreditó que el 20 de noviembre del año pasado, a la madrugada, el acusado le propinó varios golpes en el pómulo izquierdo a su ex pareja, mientras le decía “me estás mintiendo… me estás mintiendo” y “sos una hija de… mentirosa”. Luego reingresó a la vivienda y la tomó del cuello. Cuando lo detuvo la policía, la amenazó expresándole que si la encontraba nuevamente, la mataría.
Unificada en un año.
El juez de audiencia Carlos Besi condenó a Claudio Gustavo Fischer a un año de prisión de ejecución condicional, por los delitos de lesiones leves calificadas por la relación de pareja y amenazas simples en concurso real.
A su vez le unificó esa sanción con otra anterior de un año en suspenso -dictada el 7 de noviembre pasado- en una pena única de un año de ejecución condicional, de acuerdo a lo convenido en el proceso de juicio abreviado que presentaron el fiscal Walter Antonio Martos, la defensora oficial Mariel Annechinni y el propio imputado, un gasista de 47 años con antecedentes penales, debido a que el hecho investigado fue anterior a la citada condena.
En el legajo se probó que el 18 de julio de 2014, Fischer se encontraba en el domicilio conyugal junto a su pareja y mantuvo una discusión con ella por llamarle la atención a su hijo. “De forma repentina, tomó un caño negro y le propinó un golpe en la cabeza, precisamente en el oído izquierdo, provocándole un corte y además le dijo que se fuera porque sino ‘te voy a cagar matando'”, según puede leerse en la sentencia.
Seis meses.
También Besi, condenó a Bruno Max Loto a seis meses de prisión en suspenso, como autor de los delitos de lesiones leves calificadas por la relación de pareja previa y amenazas simples en concurso real, encuadrándolos en los presupuestos de la ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres.
Hace menos de un mes, el 26 de noviembre a la madrugada, el acusado llegó al domicilio de su pareja y comenzó a discutir porque ella quería concluir con la relación que mantenían desde hacía un año. La mujer le pidió a Loto que se retirara de su vivienda y éste se enojó, “la tomó del cuello y la arrojó a la cama, propinándole un golpe de puño en el rostro”, según dice el fallo.
“Te voy a matar”.
A su vez, el juez de audiencia Gastón Boulenaz, condenó a Yahir Asaih Sol a seis meses de prisión en suspenso, por ser autor material y penalmente responsable de los delitos de lesiones leves agravadas por la relación de pareja y amenazas simples, y se la unificó con otra anterior de un mes en suspenso en una pena única a seis meses de ejecución condicional.
El fallo fue dictado a partir de un acuerdo de juicio abreviado rubricado por el fiscal Andrés Torino, el defensor oficial Pablo De Biasi y el imputado, un jornalero de 25 años. Este admitió que el 9 de junio de 2015 discutió con su entonces pareja, la tomó fuertemente de los cabellos, la arrojó al piso y con sus manos la golpeó en la cabeza. Ante esa situación, la víctima llamó a la policía y el agresor, antes de irse, le manifestó: “te voy a matar, no te voy a dejar tranquila”.
Por tres delitos.
Finalmente, el juez de control Gabriel Tedín, condenó a David Torres a un año de prisión en suspenso, por los delitos de amenazas calificadas por el uso de arma, daño simple y hurto simple en concurso real, enmarcados en la ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres”.
Además lo obligó a que, durante dos años, deba fijar domicilio, no relacionarse con la víctima y realizar un tratamiento psicoterapeútico.