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Carlos Kisner 200
Foto del escritorLa Pampa

Una docente presentó un certificado y se fue a Panamá


Una docente presentó un certificado médico de corto tratamiento en octubre de 2016 y se fue de viaje a Panamá. Ahora, después del sumario, la Fiscalía de Investigaciones Administrativas le pidió una sanción de 30 días de suspensión.

imagen ilustrativa

El sumario y la sanción pedida se conoció a través de la resolución 64/217 de la FIA.

Todo empezó con una denuncia anónima. El nombre de la docente se desconoce, porque la FIA no publica los datos personales, sino apenas una inicial para preservar la identidad de la información que es de acceso público.

La docente pidió licencia por corto tratamiento, que fue informada por el Servicio Médico Oficial entre el 19 de octubre y el 28 de octubre de 2016.

Un informe de la Delegación de Migraciones de La Pampa revela que -mientras se encontraba vigente la licencia gestionada, con goce de haberes- la agente “registró su salida del país con fecha 21/10/2016 con destino a Panamá; constatándose su ingreso nuevamente al país con fecha 31/10/2016”.

Entre los fundamentos de la sanción, precisa la FIA que “su accionar produjo un perjuicio al Estado Provincial, quien le abonó sus haberes en forma habitual”.

“Según surge del informe brindado oportunamente por la Dirección Nacional de Migraciones, se corrobora que la agente en cuestión viajó al exterior mientras se encontraba en uso de la referida licencia.”, remarca.

La docente -según el informe de Migraciones- egresa del país con fecha 21/10/2016 a las 8 horas por el paso cruce “Aero Córdoba” con destino a Panamá por medio de la empresa COPA, e ingresa al país con fecha 31/10/2016 a las 1:22 horas por el paso cruce “Aero Córdoba” procedente de Panamá, por medio de la misma empresa aérea.

La FIA señala que “advirtiéndose que la agente posee con carácter previo y posterior a su viaje al exterior licencias médicas diversas, corresponde recomendar al Servicio Médico Oficial dé estricto cumplimiento a lo dispuesto mediante Decreto N° 1154/82 en sus artículos 4° y 5°; efectuándose un análisis integral del estado psicofísico de los agentes ante reiterados y continuos otorgamientos de licencias”.

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