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Destituyeron de la Policía de La Pampa a condenados por delitos en la Dictadura Militar


El gobernador de la Provincia, Carlos Verna, firmó los decretos correspondientes a la destitución de la Policía de La Pampa del Comisario Mayor de Policía Antonio Oscar Yorio y Comisario Mayor (R) Carlos Alberto Reinhart.

Las destituciones son con carácter de Separación de Retiro, por resultar en sede administrativa responsables de la comisión de la falta prevista y sancionada en el artículo 63 incisos 6 y 7 de la Norma Jurídica de Facto N° 1034/80 – artículos 47 inciso d y 48 del Decreto N° 978/81, de conformidad con lo expuesto en los considerandos precedentes.

En el caso de Yorio, los considerando explican que las actuaciones administrativas se iniciaron a raíz de la sentencia N° 08/10 del Tribunal Oral en lo Criminal de la Provincia de La Pampa. Que, por la sentencia citada resultó condenado el Señor Antonio Oscar Yorio, Comisario Mayor de la Policía de la Provincia, por delito calificado de lesa humanidad, a la pena de 12 años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua.

Dicha condena penal se encuentra firme, consentida y pasada en autoridad de cosa juzgada, por considerar a Yorio coatuor penalmente responsable del delito de privación ilegítima de la libertad agravada por el uso de violencia y amenazas -9 hechos-, de los cuales 2 casos se encuentran doblemente agravados por duración de más de un mes y aplicación de tormentos psíquicos y/o físicos, agravados por resultar las víctimas perseguidos políticos; imputación que importó la calificación de delitos de lesa humanidad.

En el caso de Reinhart, los considerando sostienen que las presentes actuaciones administrativas individualizadas en el Visto del Expediente 3012/13 (Sumario Administrativo a Reinhart) fueron originadas con el fin de determinar el grado de responsabilidad disciplinaria que le pudiera corresponder al Comisario Mayor ® de la Policía Carlos Alberto Reinhart, en razón a que el Tribunal Oral Federal en lo Criminal de la Provincia de La Pampa falló condenándolo a 20 años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua en 1 causa caratulada “Iriart, Fabricio Carlos - Greppi Néstor Omar – Constantino, Roberto Esteban – Fiorucci, Roberto Oscar – Aguilera, Omar – Cenizo, Néstor Bonifacio – Reinhart, Carlos Alberto – Yorio, Oscar – Reta, Athos – Marenchino, Hugo Roberto S/Infr. Art. 144 bis, inc 1° y último párrafo Ley 14616, en fción. Art. 142 inc 1° -Ley 20642- del C.P en concurso real con el art. 144 ter, 1° párrafo -Ley14616- y 55 C.P” por considerarlo coautor penalmente responsable de privación ilegítima de la libertad agravada por el uso de violencia y amenazas (23 hechos) de los cuales 11 casos se encuentran doblemente agravados por duración por más de un mes (arts. 144 bis, inciso 1 y último párrafo, en función del artículo 142, inciso 1 y 5 C.P., Ley14616); y aplicación de tormentos psíquicos y/o físicos agravados por resultar las víctimas perseguidos políticos (10 hechos) (artículo144 ter, primer párrafo del C.P., agregado por Ley 14616) mediante Sentencia N° 08/10, agregadas a fojas 45/281.

Que, a fojas 35 obra Oficio N° 102 de fecha 29 de noviembre de 2012, mediante el cual el Tribunal Oral Federal en lo Criminal hace saber que la sentencia N° 8/10 se encuentra firme y que el sumariado, entre otros, se encuentra detenido en la Colonia Penal Unidad N° 4 del Servicio Penitenciario Federal, conforme lo resuelto por la Cámara Federal de Casación Penal.

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