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Foto del escritorLa Pampa

Las víctimas de la trata: jóvenes, solas, pobres


En el fallo que condenó a un intendente, a un policía y al dueño del cabaré de Lonquimay, los jueces rescataron la “entereza” de las seis víctimas que rompieron el pacto de silencio. El patrón común que las hacía vulnerables a los tratantes que las sometían a una actividad estigmatizante.

El Tribunal Oral Federal de Santa Rosa sostuvo que las seis víctimas de trata en el cabaré de Lonquimay permanecieron en Good Night “bajo un régimen de sumisión tal que aniquila cualquier posibilidad de toma de decisiones autónoma”. “La persona no tiene decisión sobre su cuerpo”, señalaron en los fundamentos del fallo que se dieron a conocer el pasado miércoles al mediodía.

Los jueces Marcos Aguerrido -fundamentó el voto-, José Mario Tripputi y Pablo Lacava condenaron a los cinco acusados. Al intendente Luis Rogers, al subcomisario Carlos Alanís y al dueño del cabaré, Carlos Fernández, a cinco años de prisión. A dos a dos encargados del local.

En la fundamentación se permitieron un apartado para destacar la vulnerabilidad social de las seis víctimas que se visibilizó durante el juicio oral y público. “Una mirada comprometida de los presentes, exige desde esta jurisdicción practicar un análisis de los hechos desde una perspectiva respetuosa de los derechos humanos de las mujeres involucradas”, explicaron.

Los jueces consideraron comprobada la vulnerabilidad de las víctimas, que tuvieron como patrón común que estaban solas, aisladas y sin familia, eran de afuera de la provincia, pobres y jóvenes. Todas tenían que mandar dinero para mantener hijos o familiares. También pusieron bajo la lupa la “naturalización” del delito en una comunidad pequeña que se mantuvo en silencio.

Modelo machista

El juicio se limitó a seis mujeres que, entre febrero de 2008 y octubre de 2009, fueron acogidas y explotadas sexualmente en el lugar. En las audiencias los abogados defensores intentaron negar la vulnerabilidad de las víctimas y sostuvieron que prestaban su consentimiento para ser prostituidas y podían salir del lugar. Inclusive se escuchó decir que “hacer dedo e irse no era difícil” porque el cabaré estaba ubicado a la vera de la ruta 5.

“Esas mismas posiciones y discursos denotan un modelo donde prevalecen prácticas basadas en ideas de inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos o en funciones estereotipadas de hombres y mujeres. Evidencian también un sistema de dominación masculina, de jerarquías y subordinación, que se desentiende de la mujer prostituida, o bien proponen una mirada reglamentarista de la prostitución, como legítima opción laboral”, señalaron los jueces.

Los jueces plantearon que trata y prostitución van de la mano y que intentar separarlas implica una “falsa dicotomía” orientada a legitimar prácticas de explotación sexual. “En el juicio conocimos prácticas, discursos y procedimientos que justificaron la instalación de la casa de tolerancia como espacio al servicio de cualquier hombre de la ciudad o que pase por el lugar.

Hemos escuchado historias de mujeres prostituidas sobrevivientes, hasta expuestas a golpizas, bajo un régimen de sumisión tal que aniquila cualquier posibilidad de toma de decisiones autónoma”, remarcaron.

Entereza para romper el silencio

Los miembros del tribunal indicaron que en el juicio se observó “tanto la inescrupulosa actividad ejercida en el local Good Night como la penosa realidad vivida por las víctimas prostituidas”. En ese sentido, destacaron que “la mayoría de las víctimas pudo en juicio revertir la mudez adoptada al momento de los hechos investigados quizá como mecanismo de sobrevivencia”.

“La inmediatez del juicio reflejó la credibilidad de todos y cada uno de los testimonios cuyos relatos impresionaron como plenamente veraces. La mayoría se pudo manifestar con entereza sobre los padecimientos sufridos y también podemos comprender las razones que condujeron a otras a no contar en detalles esa intimidad, sea por la circunstancia que sea (temor, vergüenza, mecanismos defensivos o falta de confianza), o la mudez que alguna adoptó como guía de vida y mecanismo de sobrevivencia”, valoraron.

Un patrón común

Por otra parte, el TOF consideró acreditados los indicadores de vulnerabilidad de las testigos víctimas. “La investigación comprobó los patrones comunes: juventud; procedencia de familias con escasos recursos, alejadas de sus afectos primarios, con necesidades de ingresos para sostener a sus familias y el sometimiento a una actividad estigmatizante”, enumeraron.

Para los magistrados, los indicadores se desprenden de los testimonios de las víctimas sin necesidad de más complemento que “sus dichos, su voz, su indefensión y vulnerabilidad comprobada al momento de los hechos”. “De los testimonios brindados por las mujeres que estuvieron sometidas en el local nocturno surgen claras coincidencias en lo fáctico, en cómo era ese lugar, el modo en que vivían, el régimen imperante, las condiciones de habitabilidad, la forma en que materializaban los pases, y la libertad restringida”, apuntaron.

“Si bien se escucharon testimonios que vieron a alguna de las mujeres que trabajaron en Good Night deambulando por el pueblo, tales dichos sin referencia temporal alguna no alteran estas conclusiones decisorias toda vez que no todas las mujeres que desempeñaron labores en el local nocturno fueron víctimas de trata”, indicaron.

Las seis víctimas comprobadas “revelaron que vivían en el mismo lugar donde tenían relaciones sexuales a cambio de dinero y que para poder dormir tenían que cambiarles las sábanas a las camas”, consignaron en la fundamentación de la sentencia. “El lugar destinado para vivir no tenía baño. El único que había era el que estaba en el local comercial y cada vez que lo necesitaban tenían que salir afuera y dirigirse hasta el local comercial”, describieron.

Además, “en el local nocturno no trabajaban mujeres del propio pueblo sino que por el contrario eran naturales de otras provincias, en su mayoría provenían de la provincia de Salta y vivían en el mismo ámbito que hacían su labor nocturna”. “Pensar que podían hacer dedo y escaparse, es no entender la problemática de las mujeres en situación de explotación sexual, en donde la persona no tiene decisión sobre su cuerpo, recluida en su lugar de trabajo, expuesta como mercancía y sujeta a deudas económicas permanentes con su proxeneta o tratante”, analizaron.

Un pueblo en silencio

La fundamentación del fallo puso bajo la lupa el contexto social de un delito investigado en una comunidad pequeña, de poco más de 1.600 habitantes. Los jueces mencionaron en ese sentido los obstáculos de la investigación derivados de “prácticas que naturalizaron la explotación sexual a los ojos de una colectividad silente” y, por sobre todo, la “participación por inacción” de las autoridades que agravó la vulnerabilidad de las víctimas.

“Una de las personas que alteró la dinámica pueblerina fue una de las denunciantes”, dijeron, en relación a Liliana Abratte, la mujer que se radicó dos años antes de la denuncia por cuestiones familiares en la localidad y trabajaba de adscripta en la Comisaría.

Por ejemplo, el TOF recordó que la mujer contó que “le temblaron las piernas” el día que descubrió que un camionero había hecho una exposición porque creyó ver en el cabaré a una menor que se buscaba en medios nacionales y los agentes policiales le dijeron que no se investigó porque estaba ebrio.

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