top of page
banner_incendios_737x125.gif
parque acuatico winifreda logo nov 2023 - 400.jpg
publi chica 2.jpg
cewtv 300.jpeg
DULCE MANIA CHICO
la tribu publi may 2023_edited.jpg
Carlos Kisner 200
Foto del escritorLa Pampa

Abusos en 25: el TIP confirmó condena contra los cuatro docentes


El Tribunal de Impugnacion Penal confirmó en todos sus términos la condena en primera instancia contra los cuatro docentes de 25 de Mayo por el abuso sexual de al menos tres chicos del Jardín de Infantes 12 de 25 de Mayo. Ahora, seguramente se abrirá una nueva instancia de impugnaciones.

Este año, el Tribunal de Audiencia de la Primera Circunscripción Judicial condenó en primera instancia a Marcelo Tatavitto a 18 años de prisión (por seis de los casos, fue condenado por tres), María José Tello a 3 años y 6 meses de prisión, Oscar López a 7 años y María Angélica Bastías a 7 años. Ahora, el TIP confirmó estas condenas.

El mes pasado, en el TIP se realizó una audiencia donde cada una de las partes intervinientes en el proceso mantuvo los recursos de impugnación, presentados oportunamente, contra la sentencia dictada por el Tribunal de Audiencia.

Por distintos motivos, las tres partes cuestionaron el fallo de los jueces Gastón Boulenaz, Andrés Olié y Gabriel Tedín. El Ministerio Público Fiscal y los querellantes porque habían acusado por seis casos y por penas más severas y el Tribunal de Audiencia condenó solamente por tres; y los defensores porque sostienen que no hubo pruebas suficientes y, por lo tanto, dijeron que los cuatro imputados deben ser absueltos. El defensor partiucular Omar Gebruers también hizo alusión a una denuncia propia acerca de que el fallo fue redactado pocos días después de concluido el juicio oral.

Todos los acusados del caso son docentes. El principal es Marcelo Tatavitto Roade, quien fue condenado a 18 años de prisión por ser autor de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por haber provocado un grave daño en la salud mental de un menor (artículos 45 y 119, segundo párrafo y cuarto párrafo inciso a) del Código Penal), abuso sexual gravemente ultrajante en perjuicio de otro niño (45 y 119, segundo párrafo) y por su participación en el abuso sexual gravemente ultrajante de un tercer menor (45 y 119, segundo párrafo); todos hechos que deben concursar en forma material. Las víctimas fueron tres alumnos de cuatro años del JIN 12 de 25 de Mayo.

Los jueces de audiencia también condenaron a María José Tello a tres años y seis meses de prisión y siete años de inhabilitación especial para desempeñar cualquier cargo público, por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público (45 y 248), en relación con los hechos que tuvieron como víctimas a esos alumnos.

Oscar Aníbal López recibió una pena de siete años de prisión por la autoría del delito de abuso sexual gravemente ultrajante en perjuicio de uno de esos tres alumnos (artículos 45 y 119, segundo párrafo), y Gabriela Angélica Bastías recibió la misma sanción por abuso sexual gravemente ultrajante en perjuicio de ese mismo niño.

A su vez absolvió a Tatavitto y Tello por hechos similares que fueran motivo de acusación con respecto a otros tres alumnos del JIN por aplicación del artículo 6 del Código Procesal Penal, que especifica que en caso de duda razonable debe fallarse a favor del imputado.

cew - publi.jpg
aca 100 años publi ene 2023 b.jpg
el abuelo rene - abr 2023 - 400.jpg
DENGUE 300 X 300.gif
plex ago 2023_edited.jpg
bottom of page