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La Corte le otorgó el “dos por uno” a un torturador


CON EL VOTO DE LOS MIEMBROS "MACRISTAS" Y LA DISIDENCIA DE LORENZETTI Y MAQUEDA

La Corte Suprema declaró aplicable el cómputo del 2×1 para la prisión en un caso de delitos de lesa humanidad, al tener en cuenta que por cada día de prisión sin condena firme se lo consideraba doble.

La decisión fue adoptada con el voto de los jueces Elena Highton de Nolasco, Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti, en tanto que Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda se expresaron en disidencia.

Según se informó, el fallo declaró aplicable la ley 24390 (conocida como 2×1), que estuvo vigente entre los años 1994 y 2001, hoy derogada, que reduce el cómputo de la prisión, porque se trata de la ley más benigna.

Lorenzetti y Maqueda -quienes quedaron en minoría- señalaron que esa reducción no es aplicable a los delitos de lesa humanidad.

La sentencia fue dictada en el caso de Luis Muiña, quien en 2011 fue condenado a 13 años de prisión por ser “coautor del delito de privación ilegal de la libertad” e “imposición de tormentos” en cinco casos.

Fue por la irrupción bajo las órdenes de Reynaldo Bignone de irrumpir en el Hospital Posadas de Haedo el 28 de marzo de 1976, hecho por el cual hubieron personas desaparecidas. En un voto conjunto, los jueces Rosenkrantz y Highton consideraron que el beneficio de la aplicación de la ley penal más benigna, que surge del Código Penal, resulta extensivo a todos los delitos.

Los magistrados plantearon que esa posición es “aquella internacionalmente aceptada, incluso para el caso de los delitos de lesa humanidad”, según se informó.

A su vez, el juez Rosatti sostuvo que “si el legislador no previó un régimen diferenciado que excluyera la aplicación de la ley penal más benigna a los delitos de lesa humanidad no lo puede hacer ahora el juez”.

Por su parte, Lorenzetti y Maqueda afirmaron que según otros fallos de la Corte, con respecto a los delitos de lesa humanidad no hay “posibilidad de amnistía” ni de “indulto” ni se “aplica a ellos el instituto de la prescripción”, por lo que “la ejecución de la pena” debe mantenerse.

Muiña.

Muiña fue condenado por delitos de lesa humanidad cometidos en el Hospital Posadas, donde funcionó un centro clandestino de detención. En ese proceso recibió su tercera condena el último dictador de las juntas militares que gobernaron el país entre 1976 y 1983, Reynaldo Bignone, a 15 años de prisión.

El fallo del tribunal oral federal 2 también condenó a ocho años de prisión domiciliaria al ex brigadier de la fuerza aérea Hipólito Rafael Mariani, cuya detención se ordenó en el acto, y a 13 años a Muña, quien custodiaba el hospital.

Los casos por los que se condenó a Muiña fueron los de Gladys Evarista Cuervo, Jacobo Chester, Jorge Mario Roitman, Jacqueline Romano y Marta Elena Graiff

Los hechos tuvieron lugar en la madrugada del 28 de marzo de 1976, en el Hospital Posadas de Haedo, cuando un operativo militar con tanques y helicópteros comandado personalmente por Bignone ocupó el establecimiento sanitario y detuvo a personal del mismo que luego fue trasladado al centro clandestino de detención “El Chalet”, donde fueron privados ilegalmente de la libertad y torturados.

Cristina.

La ex presidente Cristina Fernández criticó con dureza, desde su cuenta de Twitter, al fallo de la Corte Suprema, al señalar “derechos humanos y terrorismo de Estado, para atrás, ¿viste que “el cambio” también puede ser volver al pasado?”.

Ante el fallo, la ex presidenta se preguntó: “¿estamos ante una nueva mayoría automática, de esas que creíamos superadas cuando Néstor (Kirchner) impulsó la renovación de la Corte Suprema?”.

Y agregó: “Los dos nuevos jueces de la Corte Suprema votaron por equiparar al terrorismo del Estado con los delitos comunes. Expresan la nueva situación, que nos retrotrae a la Argentina de hace 20 años, donde los reclamos de los organismos de derechos humanos eran considerados como subversivos”.

La ex mandataria apuntó además, en otra dura crítica al oficialismo, que “el núcleo duro del voto a Cambiemos representa a quienes simpatizaron con los represores”. (NA)

"Abre la puerta a la impunidad"

Organizaciones de Derechos Humanos repudiaron ayer el fallo de la Corte Suprema y advirtieron que “abre la puerta a la impunidad de los genocidas”, a la vez que anunciaron que agotarán “todas las instancias internacionales hasta lograr que este criterio sea abandonado”.

La presidenta de Abuelas de Plaza de Mayo, Estela de Carlotto, leyó en conferencia de prensa en la sede de la entidad el comunicado conjunto que consensuaron con Madres de Plaza de Mayo Línea Fundadora, el CELS, Hijos Capital y la Asamblea Permanente de los Derechos Humanos, entre otras agrupaciones.

“Agotaremos todas la instancias internacionales hasta lograr que este criterio que garantiza la impunidad sea abandonado”, recalcaron las organizaciones y señalaron que el fallo “deja abierta la posibilidad de que los condenados queden en libertad aplicando el 2×1”.

Afirmaron, además, que la decisión del máximo tribunal “abre un panorama incierto para las condenas a los apropiadores de menores”.

Las agrupaciones de DD.HH. recordaron que “hasta el día de hoy la reducción de penas no era aplicable” en delitos de lesa humanidad.

“Estos delitos no concluyen hasta que no se sepa el destino de los desaparecidos y de los nietos”, enfatizaron en el documento conjunto y cuestionaron que ahora “centenares de represores pueden obtener drásticas reducciones en sus condenas”.

Los organizaciones se refirieron puntualmente a la jueza de la Corte Suprema Elena Highton de Nolasco, quien votó a favor de aplicar el 2×1, al igual que los magistrados Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti.

“Llama poderosamente que la jueza Highton, que en otras oportunidades impartió justicia en sentido de la verdad, hoy vote en sentido contrario y en línea con la impunidad”, se quejaron. Y agregaron: “Convocamos a todo el pueblo a defender los derechos conquistados. Esto no nos afecta a nosotros, afecta a los hijos del pueblo, a los nietos del pueblo. Lo que se juzga y se condena se repite, a aquel que piense distinto le espera esto”.

Avruj.

El secretario de Derechos Humanos de la Nación, Claudio Avruj, aseguró que está “de acuerdo” con el fallo de la Corte Suprema.

Al ser consultado sobre la decisión judicial del máximo tribunal que avaló la aplicación de esa ley en casos de delitos de lesa humanidad, Avruj señaló: “Yo acato lo que dijo la Corte Suprema sobre el 2×1”.

“Tenemos que ser muy respetuosos. Es un fallo de la Justicia, en particular de su órgano máximo que es la Corte Suprema, y estando en democracia tenemos que respetarlo”, precisó. (NA)

“Preocupa porque sienta precedente”

El fallo de la Corte Suprema de Justicia que benefició con el “2×1” al represor Luis Muiña (condenado en 2011 a 13 años de prisión por “privación ilegal de la libertad” e “imposición de tormentos”) fue sin duda el tema de la jornada de ayer y en La Pampa tuvo sus repercusiones. Quienes tienen como objeto de estudio al derecho y la jurisprudencia o están (o estuvieron) involucrados en los juicios por delitos de Lesa Humanidad en la provincia, sentaron sus posiciones en redes sociales y expusieron sus argumentos en acuerdo o disidencia con los jueces que integran el máximo tribunal argentino.

“Este fallo preocupa”.

“De este fallo puede hacerse un análisis jurídico y otro político. Desde lo jurídico, desde mi punto de vista, la Ley 24390 (conocida como “2×1″, derogada en el año 2001) no debería aplicarse a delitos de Lesa Humanidad. Desde lo político hay que decir algo evidente: continuamos en un Estado político e institucional que aumenta la represión contra los más débiles y aliviana a los poderosos en la ejecución de penas. Hoy el Estado legitima el abuso de poder, libera a genocidas y persigue a pibes”, dijo ayer a este diario el abogado Franco Catalani que fue parte de la querella en el primer juicio por delitos de Lesa Humanidad en La Pampa y que actualmente se encuentra trabajando en la preparación del segundo.

“Esto hay que leerlo en un contexto. Ayer el Episcopado volvió a insistir con el pedido de ‘reconciliación’ tratando de volver a instalar la teoría de los dos demonios, lo mismo que cuando asumió este gobierno y se publicó una editorial en La Nación que iba en esa misma sintonía. Este fallo preocupa porque sienta un precedente”, agrego Catalani.

“No es un fallo inocente”.

“Respecto al fallo de la Corte Suprema sobre el ‘2×1’ en un caso de Lesa Humanidad y más allá de coincidir con la postura de la minoría en lo estrictamente jurídico (Lorenzetti y Maqueda), quiero decir que lo más grave del fallo es que se inscribe en una avanzada cultural más amplia que -en última instancia- pretende el debilitamiento del proceso de Memoria, Verdad y Justicia en Argentina”, escribió en su cuenta de Facebook el abogado Miguel Palazzani, querellante durante el primer juicio de la Subzona 14.

“Lo venimos viendo desde el último año y medio. El fallo -que claramente no es inocente ni una cuestión de técnica jurídica o de garantías constitucionales aunque así se presente- se inserta en una profunda disputa de sentido histórico. Se veía venir. De cualquier manera, ya se han soportado peores momentos (obediencia debida, punto final, indultos, etc). La disputa es mucho mas profunda. Es identitaria”, agregó.

“Está bien, aunque no me guste”.

“La decisión está bien. Eso no implica que sea una decisión cuyo efecto me guste. De hecho me disgusta”, dijo ayer a este diario Gustavo Arballo, secretario de Jurisprudencia en STJ y profesor de la Universidad Nacional de La Pampa.

Tras conocerse el fallo, Arballo fijó su posición sobre la decisión de la CSJ en una serie de tuits. “Mi visión sobre el tema 2×1 en lesa: tiene razón, a mi juicio, la mayoría de la Corte. Todo el tema ahí es un caso relativamente simple de pedido de la aplicación de la ley más benigna, principio del Código Penal. La garantía de ley más benigna está en el Artículo 2 del Código Penal”, explicó.

“Quede claro que los resultados de la aplicación de la garantía no me gustan. Pero la gracia de las garantías es su impermeabilidad al gusto. Detalle: el 2×1 es aplicable a quienes tuvieron pena de ‘prisión’, no de ‘reclusión’. La ley más benigna aplica a todos los casos, y el legislador no ha previsto exclusiones”, agregó.

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