El director de Agricultura, Carlos Ferrero, anunció hoy que el pasado 7 de diciembre salió la Resolución N° 395/16, que homologa el Decreto provincial N° 3561 de Emergencia Agropecuaria.
“Esta resolución homologa el Convenio a nivel nacional, por lo cual -detalló- se habilita a todos los productores, que tienen certificado de emergencia agropecuaria, a realizar los trámites en los bancos, el Nación por ejemplo, en todo lo relacionado a los créditos y pago de créditos vigentes”. Pero además agregó que la Ley nacional de Emergencia Agropecuaria (N° 26509), “contempla también la exención del impuesto a las ganancias por todas aquellas ventas que hayan sido forzadas o anticipadas producto de la emergencia agropecuaria”.
Dicha determinación abarca a todos los Departamentos que fueron declarados en emergencia en el primer Decreto provincial (947), los cuales eran Realicó, Chapaleufú y 4 lotes del Maracó, y también los que fueron incluidos en el Decreto siguiente, que integra al resto de la zona norte, el Maracó completo, Trenel, Atreucó, Conhelo, “siendo una zona bastante amplia la que fue declarada en emergencia”.
En este marco el director indicó a los productores que ya cuentan con su certificado de emergencia agropecuaria “lo pueden utilizar para hacer los trámites en todos los organismos dependientes del Gobierno Nacional”.