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Foto del escritorLa Pampa

Victorica: confirman pena por homicidio


La Sala B del Tribunal de Impugnación Penal no hizo lugar al recurso de impugnación presentado por la defensa de Julián Osvaldo Pérez Muñoz, y de esa manera le confirmó la sentencia a la pena de 13 años de prisión por ser autor del delito de homicidio simple, en perjuicio de Juan Ricardo Peón.

El 9 de septiembre pasado, el juez de audiencia santarroseño, Carlos Mattei, había dado por probado que el 15 de octubre del año pasado, a la tarde, en las calles 23, entre 20 y 22 de Victorica, Pérez Muñoz agredió a Peón, y "con un cuchillo que tenía en su poder, le asestó una puñalada, causándole una herida punzo cortante en el borde costal posterior derecho que interesó el riñón derecho y el hígado, ocasionando su fallecimiento".

Edgardo Javier Trombicki, el defensor oficial de Pérez Muñoz, un albañil de 34 años con antecedentes penales, adujo en el recurso que existió una errónea valoración de la prueba por parte del juez ya que al momento de ser detenido no tenía capacidad para dirigir sus acciones pues el informe de alcoholemia le había dado que poseía 3,20 gramos por litro de sangre y, por lo tanto, sería inimputable.

"Independientemente de los intentos exculpatorios en que se basaron los agravios (defensivos), y aún en las fundamentaciones en que tiene apoyatura el fallo cuestionado, habiéndose nutrido de consideraciones científicas, referidas a la relatividad de los resultados que brindaron los dosajes de alcoholemia con citas de autores de reconocida trayectoria; es indudable que el resultado de la prueba de cargo rendida por el acusador público no es precisamente el resultado contrario a lo sentenciado por el juez de audiencia, toda vez que la exteriorización de la conducta de Pérez Muñoz al momento de la consumación, cuando tuvo términos amenazantes hacia otra persona que estaba presente; y, con posterioridad, al realizar el llamado a la comisaría sobre el hecho por él perpetrado, es una muestra evidente que tenía absolutamente capacidad de compresión que había cometido un ilícito. El hecho que fuera dirigido a la policía y la terminología que fuera utilizada en el propio aviso, resulta fácil y lógico deducir que lo que había hecho era grave", sostuvo el juez del TIP, Pablo Balaguer, en su voto, al que adhirió su par Filinto Rebechi.

De acuerdo a testimonios oídos en el juicio oral, cuando el imputado llamó a la comisaría dijo que "Peoncito me estuvo molestando ayer, era él o yo, y le pegué un puntazo en la panza", y también le expresó a otra persona que estaba en el lugar del hecho "tomátela que seguís vos".

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