El ex jefe de la Policía pampeana durante la última dictadura militar, Luis Enrique Baraldini, y otros cuatro represores entre ex militares y ex policías, fueron procesados por la Justicia federal, por el delito de abuso sexual en perjuicio de dos víctimas. Así lo definió el juez federal subrogante, Luis Salas, quien consideró que se trataron de delitos de lesa humanidad. Además sostuvo que se debe tratar como un delito independiente de las torturas.
Los imputados, además de Baraldini, son el ex secretario general de la Gobernación, Néstor Omar Greppi; los ex policías Roberto Fiorucci y Carlos Reinhart, y el por entonces encargado de la Sección Logística del Regimiento de Toay.
Salas consideró a cada uno “coautor (artículo 45 del Código Penal) de los delitos de abuso sexual con acceso carnal (Artículo 119 del Código Penal), reiterado en dos oportunidades” en perjuicio de dos víctimas, a las que se identifica con iniciales: SMB y ANP.
El juez sostuvo que “los delitos sexuales perpetrados durante el terrorismo de Estado que tuvo lugar en la Argentina a partir del año 1976, por haber implicado un atentado a la condición humana, participan de la calificación excepcional de crímenes contra la humanidad y de los caracteres que el derecho internacional les reconoce, imprescriptibilidad, imposibilidad de amnistía y su aplicación retroactiva”. En razón de esa argumentación concluyó que los delitos investigados son “de lesa humanidad”, y en los casos que se los debe juzgar independientemente “del delito de tormentos”.
En su argumentación Salas tuvo en cuenta “la claridad de las exposiciones de ambas víctimas” que, dijo, “exime de mayores comentarios en cuanto a las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que sucedieron los hechos y resultan suficientes para tenerlos por acreditados en esta instancia”.
Analizó que “la violencia sexual que padecieron fue fruto del dominio absoluto que los agentes de la represión ilegal tenían sobre ellos, quienes se vieron impedidos de recurrir a ningún tipo de autoridad en su defensa”.